viernes, 14 de octubre de 2011

Primera Guerra Mundial

Primera guerra Mundial

Antecedentes:

 Nacionalismo:   amor a la natío.
Amor a la nación, estado, es también el origen, la estirpe, la raza.

Imperialismo: los estados europeos rivalizaban por los dominios que tenían y por sus ambiciones imperialistas.
Francia, Rusia e Italia implementan el servicio militar obligatorio, Alemania lo impulsa primero.
Alemania: se incorpora como una de las potencias militares, y económicas más importantes de Europa, luego de vencer a Francia, y de la organización del estado.

Alianzas:   Alemania estableció una alianza con Austria-Hungría, a la que se sumó  Italia, formando la triple alianza ( 1882)
Rusia se opone a la posición de Alemania, en los Balcanes, y junto con Francia e Inglaterra  forman  la triple entente.
Los países con menos poder deben optar por uno u otro. Así está configurado el mapa de Europa antes de la guerra.

Potencias centrales de la Triple alianza:
 Alemania, Republica  checa, Austria, Eslovaquia, Bulgaria, Turquía, Parte de Rumanía y de Polonia.
Aliados de la triple entente:
Rusia, Gran Bretaña, Irlanda, Portugal, Francia, Italia, Grecia, Albania, Lituania, Estonia, Finlandia, Ucrania, Parte de Polonia y de Rumania, Bielorrusia, Córcega, Cerdeña, y Sicilia.
Países Neutrales: Islandia, Noruega, Suecia, España, Suiza, Dinamarca, y Países Bajos.

El 28 de junio de 1914, estalla el conflicto.

   Muere a causa de un atentado, Francisco Fernando heredero del trono austro-húngaro y su esposa. El estado austro- húngaro responsabilizo a Servia. Rusia movilizó su ejército a favor de Servia, por lo que Alemania le declaro la guerra. Francia interviene ocupando Bélgica, Inglaterra interviene a favor de Francia, lo que lleva a que se generalice el estado de guerra entre las potencias que integran los bloques.
El único modo Alemán de  ganar era destruyendo, el poderío naval de Gran Bretaña, (Inglaterra), por lo cual decide atacar a sus barcos con submarinos.

En este momento interviene Estados Unidos, entrando en el conflicto en 1917 del lado de los Aliados. En 1918, Alemania invade Francia.
Entre setiembre y noviembre de 1918, caen derrotados Bulgaría, Turquía y Austria, que piden la paz a los aliados.
Un estallido revolucionario en Berlín, impone un gobierno republicano-socialista, el cual afronta la crisis, pidiendo un armsiticio el 10-11-1918
 y ordena  detener el fuego, luego procedió a la gestación de la paz.
El 18 de enero de 1919, se reúnen en el Palacio de Versalles, para estipular el tratado de paz e imponer condiciones a Alemania.
Se crea la Sociedad de Naciones, el 28 de junio, sistema de seguridad para resolver problemas internacionales.
Principales consecuencias de la Primera Guerra Mundial

1.      1  El Imperio austro- húngaro se divide en dos: Austria y Hungría
2.       2  Se forman nuevos países: Estonia y Letonia pertenecientes al imperio Ruso; Yugoslavia y Checoslovaquia, pertenecientes al Imperio austro- húngaro
3.       3 Fin de las monarquías en Alemania y Rusia
4.       4 Estados Unidos ingresa en la política mundial con renovado poder.


Laura Gascón ...........lauraguru@hotmail.com
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Siglo XX

Siglo XX

El siglo XX se ha caracterizado por los avances de la tecnología, la medicina, y la ciencia en general, pero también por atrocidades humanas, guerras, genocidios, sin que se hayan resuelto las diferencias económicas entre los países.
 A partir de 1989-1991, comenzó un fenómeno llamado globalización.

Principales hechos del siglo XX

1914- Primera guerra mundial
1917- revolución rusa
1918- fin de se la primera guerra mundial
1929- crisis de la bolsa de Nueva York
1930- crisis Mundial
1936- Hitller llega al poder en Alemania
1936-1939 guerra civil española
1939- comienza segunda guerra mundial
1940. Alemania se expande por Europa
1945- fin de la segunda guerra mundial
1948- creación del estado de Israel
1949- creación de la OTAN
1962- asesinato de Kennedy
1973. EUA se retira de Viet Nam
1988- fin de la guerra fría 1945-1988
1989-caída del muro de Berlín
1990- Guerra del golfo
           Disolución de la URSS
1991- unificación de Alemania
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miércoles, 12 de octubre de 2011

Declaración Universal de Derechos Humanos

Declaración Universal de derechos Humanos

Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11
1.     Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2.     Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13
1.     Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2.     Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14
1.     En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2.     Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15
1.     Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2.     A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16
1.     Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2.     Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3.     La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17
1.     Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2.     Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20
1.     Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2.     Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21
1.     Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2.     Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3.     La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.


Artículo 23
1.     Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2.     Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3.     Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4.     Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25
1.     Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2.     La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26
1.     Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2.     La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3.     Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27
1.     Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2.     Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29
1.     Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2.     En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3.     Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

El TIEMPO HISTÓRICO

La Historia estudia la vida de los hombres a lo largo del tiempo, desde la aparición de los primeros seres humanos hasta nuestros días.
Para medir el tiempo es necesario establecer un año que nos sirva de referencia. En la cultura occidental el tiempo histórico se ha medido a partir del nacimiento de Cristo; así hablamos de la época de antes de Cristo (a. de C.) y de la época de después de Cristo (d. de Cristo). Sin embargo otras culturas tienen como año de referencia otro distinto, como es el caso de los musulmanes que consideran nuestro año 622 como el año uno, la Hégira (la huida). Año en el que Mahoma (el profeta) tuvo que abandonar la ciudad de La Meca.
Los principales datos que se utilizan para reconstruir la Historia son textos escritos de épocas pasadas. En este libro encontrarás algunos de ellos. Pero sabed que la mayor parte de la vida de nuestros antepasados se desarrolló en el período en que el hombre aún no había inventado la escritura, por lo que ha de ser reconstruida a partir de los escasos restos materiales que se han conservado. Ese período, que comprende muchos miles de años, recibe el nombre de Prehistoria.

La Historia propiamente dicha comienza con la aparición de la civilización y de la escritura, hace unos cinco mil millones de años. La Historia ha sido dividida en cuatro edades para facilitar su estudio (en occidente): Edad Antigua, Edad Media, Edad Moderna y Edad Contemporánea.

           
Conocer la vida de nuestros antepasados presenta dificultades, ya que no podemos plantear preguntas a nuestros antepasados y cuanto más lejana es la civilización menos información podemos encontrar.  Los datos que nos permiten reconstruir el pasado del hombre se denominan fuentes históricas. Y se dividen en dos tipos:
·         Escritas, que pueden ser directas, si se trata de documentos escritos en esa época o indirectas si fueron elaboradas en un periodo posterior.
·         Arqueológicas, que son los restos materiales, como fósiles, instrumentos, cerámica, retos de edificios...

Se llama arqueología al método de reconstrucción del pasado mediante la búsqueda de restos materiales. Es fundamental para estudiar a aquellas poblaciones en las que desconocían la escritura. Las excavaciones permiten sacar a la luz gran cantidad de datos sobre el pasado del territorio. Un yacimiento es como un libro.